Comité Asesor del Distrito para Estudiantes de Inglés (DELAC)
Comité Consejero del Distrito del Programa Estatal para Alumnos Aprendiendo Inglés (DELAC*)
* Siglas en inglés.
Formacion
Cada distrito escolar con 51 ó más alumnos aprendiendo inglés (EL*) debe formar un comité consejero (DELAC) o un sub-comité de un comité similar ya en existencia.
Requisitos para la Composicion
Padres o guardianes de alumnos identificados EL no empleados por el distrito deben constituir la mayoría de los miembros del comité (51% o más).
Elecciones
Cada comité consejero escolar del programa estatal para alumnas aprendiendo inglés (ELAC*) debe tener la oportunidad de elegir por lo menos un miembro representante en el DELAC. Si el distrito tiene 31 o más ELACs, pueden usar un sistema de representación proporcional o regional.
Funcion Principal
El propósito del comité consejero (DELAC), o sub-comité de un similar ya en existencia, es el de aconsejar a la mesa directiva del distrito, (en persona o por escrito) sobre los servicios y programas que el distrito ofrece a los alumnos identificados EL.
Tareas
El comité aconseja a la mesa directiva del distrito al menos en lo siguiente:
- Desarrollo o revisión de un plan educativo del distrito de programas y servicios para los alumnos identificados EL, tomando en consideración el Plan Escolar para Progreso Estudiantil (SPSA) de cada escuela.
- Conducir una evaluación de necesidades en el distrito para cada escuela.
- Establecer metas y objetivos del programa a nivel del distrito para los alumnos identificados EL.
- Desarrollar un plan para asegura cumplimiento con leyes en lo que se refieren a los requisitos para maestras/maestros y asistentes de instrucción que trabajan con los alumnos identificados EL.
- Administrar el censo anual de lenguaje, (e.g. procedimientos y formularios).
- Examinar y comentar acerca del procedimiento del distrito para la reclasificación de los alumnos identificados EL en conformidad con la Sección 52164.6 del Código de educación.
- Examinar y comentar sobre la notificación por escrito que se requiere enviar a los padres o guardianes en cumplimiento con la sección 48985 del Código Educativo y con el Titulo 5, CCR, Subcapítulo 4, Sección 11316.
Capatacion
El distrito debe proveer para todos los miembros del DELAC:
- Capacitación apropiada que incluye materiales para ayudar a cada miembro a cumplir con sus responsabilidades legales.
- El entrenamiento debe ser planeado siempre con plena consulta de los miembros del DELAC. Los fondos EIA-LEP* o fondos del distrito pueden ser utilizados para cubrir los gastos de capacitación y asistencia de miembros del DELAC. (e.g., gastos asociados con el cuidado de niños, servicios de traducción y otros gastos razonables.)
Referencias Legales
20 USC 6312[g][4]; E.C. Sections 62002.5; 35147; 52176 and 52168; and Title 5, CCR, Sections 11308 and 11303(a)