3.10.3 Notificación: Protocolo para la administración de medicamentos

Notificación: Protocolo para la administración de medicamentos

El derecho de los estudiantes a recibir medicamentos en la escuela existe en las siguientes leyes federales:

  • Ley pública 93-112; 87 Stat. 394; 29 Código de Estados Unidos U.S.C. Sección 794; [H.R. 8070]. ‘Ley de rehabilitación de 1973’.
  • Ley pública 101-336; 104 Stat. 327; 42 Código de Estados Unidos U.S.C. secciones 12101-12213; [S. 933]. ‘Ley de estadounidenses con discapacidades de 1990’.
  • Ley pública 105-17; 111 Stat. 37; 20 Código de Estados Unidos U.S.C. secciones 1400-1485; [H.R. 5]. ‘Enmiendas a la Ley de educación de personas con discapacidades de 1997’.

La sección 49423 del Código de Educación también otorga autoridad legal para brindar ayuda en la administración medicamentos en escuelas de California. La sección 49423 del Código de educación de California establece lo siguiente:  Sin perjuicio de las disposiciones de la Sección 49422 del Código de educación de California, todo estudiante que deba tomar, durante el día escolar regular, medicamentos recetados por un médico, lo puede asistir un enfermero de la escuela u otro personal escolar designado, si el Distrito Escolar recibe (1) una declaración por escrito del médico, detallando el método, cantidad y horario en que dicho medicamento se debe tomar y (2) una declaración por escrito del padre de familia o tutor del estudiante indicando el deseo de que el Distrito Escolar asista al estudiante en las cuestiones contempladas en la declaración del médico. [Se da énfasis]

La sección 49414 del Código de educación de California requiere que los distritos escolares proporcionen autoinyector de epinefrina de emergencia a los enfermeros escolares o al personal capacitado que se ofreció como voluntario para utilizar dichos inyectores a fin de proporcionar ayuda médica de emergencia. 

  • 1. La supervisión/administración de medicamentos es responsabilidad del administrador del lugar.
  • 2. El administrador escolar designará a un miembro del personal voluntario [y uno o dos suplentes como apoyo] que será responsable de la administración del medicamento. 
  • 3. Antes de la administración del medicamento, los siguientes procedimientos deberán estar en el lugar.
    • a. Formulario de medicamento (uno por medicamento)
      • i. Rellenado y firmado por el proveedor médico.
      • ii. Rellenado y firmado por los padres/tutores legales/encargados
      • iii. Rellenado anualmente o cuando existe un cambio en el orden de medicamentos.
    • b. Medicamento es suministrado por los padres/tutores legales/encargados
      • i. En un envase/recipiente etiquetado por la farmacia
      • ii. Cualquier equipo médico necesario para suministrar el medicamento será provisto por los padres/tutores legales/encargados.
    • c. El medicamento se anota en la Bitácora de medicamento escolar cuando llega a la escuela.
      • i. Todas las sustancias controladas se cuentan y se anotan al llegar a la escuela en presencia de los padres/tutores legales, o la persona designada que entrega el medicamento.  Los miembros del personal que realizan y anotan el total y los padres o tutores legales deben firmar la Bitácora de medicamentos escolares para verificar el total.(Código de Regulaciones Federales, Título 21, Sección 1300.01).
  • 4.    Documentar la administración del medicamento por medio de:
    • a. Anotar cada medicamento administrado en la Bitácora de medicamentos escolares
    • b. Restar cada dosis de la sustancia controlada que se administra del recuento total restante. Las discrepancias entre lo que se ha administrado y la cantidad restante, serán documentadas de inmediato después del descubrimiento, al administrador escolar, al enfermero escolar u otro supervisor de salud debidamente calificado, y, si es necesario, a las agencias policiales apropiadas. (Código de Regulaciones Federales, Título 21, Sección 1300.01) 
  • 5. Almacenamiento de medicamentos:
    • a. El medicamento se debe almacenar de manera segura y que mantenga la eficacia del medicamento. El medicamento debe almacenarse en un gabinete o cajón seguro y accesible a menos que necesiten ser refrigerados o cuando se indique lo contrario.
    • b. Colocar el medicamento en una bolsa etiquetada con el nombre del estudiante, e incluya una copia del Formulario de medicamento [Medication Form] y el Registro de medicamento del estudiante.
    • c. Escriba la ubicación del Medicamento en el Plan de atención de emergencia, si hay uno.
  • 6. Administración de medicamento: Seguir los pasos en el ‘Procedimiento de medicamento’ que se aplica al medicamento específico [por ejemplo: Procedimiento de medicamentos por vía oral para un medicamento por vía oral y Procedimiento de medicamentos inhalados para un medicamento inhalado].
  • 7.  Autoadministración: Si el proveedor médico y los padres, tutores legales o encargados han indicado en el Formulario de medicamento [Medication Form] que el estudiante puede auto-administrarse el medicamento con ayuda, seguir el protocolo para la Autoadministración de medicamento, con Ayuda. El miembro del personal designado debe ayudar con los pasos en el procedimiento de administración que el estudiante no es capaz de realizar. El almacenamiento del medicamento mientras esté en la escuela aún debe ser seguro y confidencial y se debe realizar la documentación.
  • 8. Recuperar o desechar el medicamento:
    • a. Devuelva cualquier medicamento que no se usó, caduco, se descontinuó a los padres/tutores legales/encargados del estudiante cuando sea posible. 
    • b. Dos semanas antes de que termine el ciclo escolar, envíe a casa la ‘Solicitud para recuperar el medicamento’ a cualquier padre/tutor legal/encargado de un estudiante con medicamento en la escuela. 
    • c. El medicamento no devuelto a los padres/tutores legales/encargados se desechará al final del ciclo escolar. 
      • i. El medicamento que no se recoja se debe colocar en un sobre y sellarse. Otro miembro del personal escolar debe ser testigo de la colocación del medicamento en el sobre. 
      • ii. El administrador escolar o la persona designada deben llevar el medicamento en el sobre sellado a un lugar de Desecho seguro de medicamento [consulte la lista de lugares de Desecho seguro de medicamentos en el Manual de salud escolar, sección C].
      • iii. Documente en la Bitácora de medicamento escolar:
        • 1. Nombre del medicamento
        • 2. Fecha que se desecho
        • 3. Método de desecho
        • 4. Fuente de instrucciones del método de desecho
        • 5. Firmas de la persona que desechó el medicamento y el testigo que observó el desecho del medicamento
        • 6. Firma del enfermero del lugar de Desecho seguro de medicamento que recibe el sobre sellado 
    • d. Para la salud y seguridad de todos los estudiantes, no se deben enviar los medicamentos a casa con los estudiantes. 
  • 9. Los errores que ocurren en la administración o el almacenamiento del medicamento se informan de inmediato al administrador escolar y al supervisor directo de la persona que descubre el error. Si es necesario, se debe notificar a los padres/tutores legales/encargados del estudiante y al proveedor de atención médica autorizado del estudiante.
    • a. Los errores se anotan en la parte posterior del Registro de medicamentos del estudiante.
    • b. También se rellena un informe de incidente cuando: 
      • i. se requirieron servicios de emergencia o atención médica
      • ii. hay un error en el total de las sustancias controladas [consulte la Sección 4b]
      • iii. el administrador escolar and/or supervisor de la salud lo consideran necesario
  • 10. Abastecer epinefrina
    • a. La sección 49414 del Código de educación de California, en su forma enmendada por el Proyecto de Ley 1266, vigente a partir del 1 de enero de 2015, requiere que los distritos escolares proporcionen autoinyector de epinefrina de emergencia a los enfermeros escolares o al personal capacitado que se ofreció como voluntario para utilizar dichos inyectores a fin de proporcionar ayuda médica de emergencia a personas que padecen o se cree razonablemente que padece de una reacción anafiláctica.
    • b. Anailaxia es una hipersensibilidad potencialmente mortal a una sustancia. La reacción puede ocurrir en cuestión de segundos o minutos después de experimentar una reacción alérgica, que incluye, entre otros, una picadura de insecto, alergia alimentaria, reacción a un medicamento [por ejemplo: antibióticos, aspirina y  medicamentos  inflamatorios no esteroideos], y ejercicio. Otras causas incluyen látex y, con menos frecuencia, anafilaxia que se desarrolla de forma predecible durante el ejercicio, cuando el ejercicio se realiza a las pocas horas de ingerir un alimento específico y anafilaxia idiopática [causa desconocida].
    • c. Los síntomas de anafilaxia pueden incluir dificultad para respirar, respiración sibilante, dificultad para hablar o deglutir, urticaria, picazón, hinchazón [del rostro, labios, lengua, u otras partes del cuerpo], choque, o asma. Otros síntomas pueden incluir contracción de las vías respiratorias, erupciones cutáneas, ronquera, náuseas o vómitos,  pulso débil o mareos. Las personas pueden experimentar anafilaxia y no mostrar ningún síntoma en la piel. Muchas personas pueden haber tenido previamente una reacción leve a un alérgeno, pero la exposición posterior puede desencadenar anafilaxia.
    • d. Sin la administración inmediata de epinefrina seguida de la activación de los servicios médicos de emergencia, puede ocurrir la muerte.
    • e. Provisión del Programa para abastecer epinefrina:
      • i. El personal escolar designado y capacitado en cada escuela es responsable de abastecer la epinefrina en la escuela, responder a casos de anafilaxia que se sospeche mediante la determinación de los síntomas, responder de manera apropiada según el protocolo de capacitación, realizar pasos de seguimiento de emergencia, y documentar.
      • ii. Con cada caso en el que se administre epinefrina, el personal escolar que administró el medicamento debe documentar en la Bitácora de primeros auxilios, la Bitácora de medicamento del estudiante, un Informe de lesiones/incidentes, y un Informe de administración de epinefrina. El Informe de administración de epinefrina debe enviarse por fax a los Programas de salud escolar lo antes posible.
      • iii. La División de Servicios a los Estudiantes y las Familias  ordena y distribuye las reservas de epinefrina. La División de Servicios a los Estudiantes y las Familias  también coordinan el reemplazo de las reservas utilizadas de epinefrina.
  • 11. Almacenar Narcan: Cada escuela primaria y secundaria pública y privada en el estado puede determinar voluntariamente si debe o no hacer disponible el clorhidrato de naloxona de emergencia u otro antagonista opioide, y el personal capacitado en su escuela para brindar ayuda médica de emergencia a las personas que sufren o se cree razonablemente que están sufriendo una sobredosis de opioides. Si una escuela ha optado por poner a disposición en su escuela clorhidrato de naloxona de emergencia u otro antagonista opioide y personal capacitado, se aplicarán los procedimientos del Reglamento Administrativo 5141.21 del SFUSD.  
  • 12. Una enfermera escolar acreditada llevará a cabo una capacitación profesional anual sobre la administración de medicamentos para el personal escolar responsable de administrar o ayudar con los medicamentos a los estudiantes.

This page was last updated on November 14, 2022